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Previamente a exponer las diversas formas en que se han clasificado las normas jurídicas, es importante definir nuestro objeto de estudio: el Derecho.

La palabra Derecho proviene del latín directum, que significa “lo que es recto, lo que es correcto”, la cual se transformó en el italiano diritto y que actualmente se refiere a un conjunto de normas jurídicas generales, impersonales y abstractas que regulan la conducta externa del individuo en sociedad.

El Derecho puede estudiarse desde diversos enfoques, resultando uno de los más importantes el criterio que atiende a la materia o contenido de las normas jurídicas. Bajo esta lógica, el Derecho puede ser público, privado o social.

Las normas de derecho público son aquellas que regulan las relaciones entre el Estado y el gobernado en una perspectiva de supra a subordinación, es decir de un sujeto activo que manda y otro pasivo que obedece. Como ejemplos de estas normas se encuentran el derecho constitucional, el fiscal, el penal y el administrativo.

El derecho privado es el conjunto de normas jurídicas cuyo objeto de regulación son las relaciones entre las personas en un plano de igualdad o coordinación. Así, normas como las pertenecientes al derecho civil, mercantil, corporativo o bursátil entran en esta categoría.

Finalmente, el derecho social se refiere a aquellos preceptos que encuentran su origen en la tutela de los grupos desprotegidos o marginados en algún momento histórico, tales como las normas agrarias o del derecho del trabajo.

Por otra parte, el derecho también puede ser clasificado como sustantivo y adjetivo. En tanto que el primero se refiere a los derechos y obligaciones que tienen las personas, el segundo pertenece al mundo de los procedimientos legales o formas en que se pueden ejercer las facultades que gozan los sujetos de derecho.

El derecho también puede ser objetivo y subjetivo. El derecho objetivo es el conjunto de normas jurídicas que regulan, de manera impersonal, el comportamiento del individuo que vive en sociedad, en tanto que el derecho subjetivo se centra en una facultad que tiene la persona para exigir de otra el cumplimiento de una obligación.
Anonymous

Adriana Lugo

08 Jul 2013 - 05:10 pm

Información que vale la pena de ser estudiada, gracias porque me ha ayudado con mis trabajos de la materia

Anonymous

Marije Ontiveros

06 Nov 2012 - 11:53 pm

clasificacion del derecho

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