Sitio web de Introducción al Derecho-Lic. Aarón Cisneros

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En este espacio podrán comentar en equipo la relación que existe entre los cambios constitucionales previstos en El ABC de la Reforma Penal y el artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos con relación a lo presentado en el documental El Túnel, es decir se debe responder a la pregunta ¿qué cuestiones de la vida jurídica procesal cambian entre lo expuesto por el documental y lo previsto por la reforma penal de 2008 y el artículo 20 de la Constitución?.

Es básicamente un análisis comparativo y éste deberá ser uno por equipo.

Igualmente, lo expondrán el próximo martes 9 de octubre de 2012 durante clase y preponderantemente deberá ser un trabajo distinto por cada equipo, por ello es recomendable que los capitanes de cada equipo se reúnan y platiquen entre ellos a fin de que el análisis grupal, en suma de todos los equipos, contemple los cambios jurídico-procesales que más abarquen.

Apóyense mucho en sus
compañer@s que han estudiado el artículo 20 constitucional. Ell@s son expert@s en el tema.

La fecha y hora límites para subir su comentario es el próximo domingo 7 de octubre de 2012 a las 23:59 horas. No se aceptarán comentarios posteriores a este término y únicamente los equipos que a través de sus capitanes lo hayan subido, podrán exponer su trabajo.

No hay límite en la extensión escrita del análisis, pero si la página no les permite subir uno muy amplio, elaboren una síntesis y presenten el trabajo completo en clase.

Tod@s l@s integrantes deberán participar en el comentario-análisis, al igual que en la exposición.

Gracias.

Reciban un cordial saludo.
Anonymous

Anónimo

24 Jul 2020 - 08:08 pm


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Anonymous

Anónimo

21 Jan 2019 - 11:12 pm

Como podemos darnos cuenta claramente en el Túnel, el sistema penal en México estaba basado en una relación indirecta con el juez y su criterio (muy estrecho) para juzgar se basaba sólo en documentos escritos algunas veces a conveniencia, según corresponda. Con base en la reforma, el proceso de juicio será acusatorio, oral y público. Con este nuevo sistema se pretende que el sistema penal sea más claro y eficaz o al menos se busca evitar trabas como las que vemos en el documental (por ejemplo que los inculpados no conozcan al juez que lleva su caso o que el proceso pueda quedarse detenido mucho tiempo).
Por otro lado, la reforma busca otorgar el derecho a los presuntos culpables a tener una defensa adecuada provista por el propio Ministerio Público; en los testimonios del Túnel, los inculpados decían que nadie estaba llevando su caso.
Por último, un cambio considerable al sistema es el hecho que el inculpado deberá ser considerado inocente hasta probar lo contrario, donde eso ya es ganancia.

Anonymous

Pérez Andrea, Chanona Mario, Lóp

10 Oct 2012 - 06:48 pm

En el video de "'El Túnel'' podemos ver el resultado del sistema penal inquisitivo, un sistema arcaico, burocrático, lento y lleno de corrupción. Al ver cómo se "solucionan" los procesos jurídicos en México, es obvio por qué las personas no quieren recurrir a esta ayuda y mediación. Por esta razón, era necesario crear un cambio drástico en nuestro sistema penal.
El artículo 20 estipula que nuestro sistema penal se transformará en uno acusatorio y oral regido por los principios mencionados en clase (publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación) con el objetivo de tener un proceso eficaz, efectivo y que busque el respeto a los derechos y garantías de ambas partes, cosa que antes no pasaba. Por ejemplo, en el túnel se mencionan casos en los que el Ministerio Público ignoraba a las personas que los llamaban para ver el proceso de su demanda.
En el ABC de la reforma penal se mencionan todos los cambios que hay en el sistema y en el artículo 20 constitucional ya podemos ver que estos cambios si pretenden realizarse. Uno de estos cambios es que ahora el juez debe tener un rol mucho más directo con los demandantes (principio de publicidad e inmediatez) y demandados para informarles sobre las resoluciones que tome, el proceso para llegar a éstas, para que escuche de manera directa las acusaciones y los fundamentos de cada parte. En el túnel nos explican que esto no sucede en el sistema inquisitivo ya que el juez tiene 15 asistentes y todo se hace de manera escrita por lo que muchos acusados nunca llegan a conocer al juez que dictó su sentencia o resolución y el juez lee todo sobre el caso después de que este haya pasado por muchos filtros.
Otro de los cambios, es que se deberá reforzar a la policía para que, en lugar de entorpecer el proceso penal, trabaje de manera conjunta con el Ministerio Público. Esto es de suma importancia porque como se puede apreciar en ''El Túnel', la única motivación de muchos elementos de la policía es la recompensa monetaria y esto entorpece nuestro sistema penal consecuentando la corrupción.
Definitivamente, urge que tanto el sistema penal de cada estado y el sistema penal federal se reformen para lograr la verdadera impartición de justicia en México, de lo contrario "hay que rezar para que nunca nos toque ser presuntos culpables''.

Anonymous

Karla Monroy Y Nancy Rivera

10 Oct 2012 - 02:19 pm

De acuerdo con el documental “El túnel”, muchos presos ni siquiera conocen al juez que “lleva” o llevó su caso, ni el motivo por el que están detenidos. Estas son algunas de las cosas que la nueva reforma penal pretende cambiar siguiendo el principio de inmediación según el cual un juez siempre debe estar presente en una audiencia, y protegiendo el derecho de los imputados de saber de qué se les acusa desde el momento de su detención.
De la misma manera, el juez tendrá la obligación de explicar en audiencia pública los motivos que lo llevaron a dictar sentencia a favor o en contra del inculpado. Con lo que se reducirá el número de apelaciones y por ende la duración de los procesos. También se podrá abreviar la duración de los procesos si el inculpado acepta ser responsable del delito del que se le acusa (se tendrá que tener material suficiente para comprobar su culpabilidad) y se le darán beneficios si actúa de esta forma.
Por otro lado, se pretende fortalecer la lucha contra el crimen organizado promoviendo la cooperación de los inculpados, procesados o sentenciados a quienes se les beneficiará si proporcionan información útil para el caso.
Además, la estancia en prisión preventiva no puede exceder la pena correspondiente al delito cometido ni un periodo mayor a dos años.
Como conclusión, nos podemos dar cuenta de que la reforma existente en materia penal busca proteger con mayor puntualidad los derechos de las víctimas y de los inculpados, así como agilizar todos los procedimientos penales.

Anonymous

Karla Monroy Y Nancy Rivera

10 Oct 2012 - 02:18 pm

De acuerdo con el documental “El túnel”, muchos presos ni siquiera conocen al juez que “lleva” o llevó su caso, ni el motivo por el que están detenidos. Estas son algunas de las cosas que la nueva reforma penal pretende cambiar siguiendo el principio de inmediación según el cual un juez siempre debe estar presente en una audiencia, y protegiendo el derecho de los imputados de saber de qué se les acusa desde el momento de su detención.
De la misma manera, el juez tendrá la obligación de explicar en audiencia pública los motivos que lo llevaron a dictar sentencia a favor o en contra del inculpado. Con lo que se reducirá el número de apelaciones y por ende la duración de los procesos. También se podrá abreviar la duración de los procesos si el inculpado acepta ser responsable del delito del que se le acusa (se tendrá que tener material suficiente para comprobar su culpabilidad) y se le darán beneficios si actúa de esta forma.
Por otro lado, se pretende fortalecer la lucha contra el crimen organizado promoviendo la cooperación de los inculpados, procesados o sentenciados a quienes se les beneficiará si proporcionan información útil para el caso.
Además, la estancia en prisión preventiva no puede exceder la pena correspondiente al delito cometido ni un periodo mayor a dos años.
Como conclusión, nos podemos dar cuenta de que la reforma existente en materia penal busca proteger con mayor puntualidad los derechos de las víctimas y de los inculpados, así como agilizar todos los procedimientos penales.

Anonymous

Karla Monroy, Nancy Rivera

10 Oct 2012 - 02:18 pm

De acuerdo con el documental “El túnel”, muchos presos ni siquiera conocen al juez que “lleva” o llevó su caso, ni el motivo por el que están detenidos. Estas son algunas de las cosas que la nueva reforma penal pretende cambiar siguiendo el principio de inmediación según el cual un juez siempre debe estar presente en una audiencia, y protegiendo el derecho de los imputados de saber de qué se les acusa desde el momento de su detención.
De la misma manera, el juez tendrá la obligación de explicar en audiencia pública los motivos que lo llevaron a dictar sentencia a favor o en contra del inculpado. Con lo que se reducirá el número de apelaciones y por ende la duración de los procesos. También se podrá abreviar la duración de los procesos si el inculpado acepta ser responsable del delito del que se le acusa (se tendrá que tener material suficiente para comprobar su culpabilidad) y se le darán beneficios si actúa de esta forma.
Por otro lado, se pretende fortalecer la lucha contra el crimen organizado promoviendo la cooperación de los inculpados, procesados o sentenciados a quienes se les beneficiará si proporcionan información útil para el caso.
Además, la estancia en prisión preventiva no puede exceder la pena correspondiente al delito cometido ni un periodo mayor a dos años.
Como conclusión, nos podemos dar cuenta de que la reforma existente en materia penal busca proteger con mayor puntualidad los derechos de las víctimas y de los inculpados, así como agilizar todos los procedimientos penales.

Anonymous

Magali D, Noemi Y Laura (trad)

10 Oct 2012 - 12:34 pm

México se encuentra en un estado de transición con un sistema de justicia penal mixto: inquisitivo con tendencias al acusatorio. Las evidencias de esta transición se pueden apreciar en el artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que es la aplicación del nuevo sistema; mientras que en el documental “El túnel” se puede observar el sistema inquisitivo y contrasta con el texto “el ABC de la reforma penal de sistema acusatorio”.
En el sistema inquisitivo las facultades de acusar y juzgar recaen en manos de una misma persona, el juez, en el caso de México nos referimos al Ministerio Público y al Poder judicial, esto quiere decir que el juez no es neutral, ya que su trabajo al mismo tiempo es acusar y no ser una especie de observador externo, por el contrario, el sistema penal acusatorio es un sistema adversarial, donde las partes se enfrentan en igualdad de oportunidades ante un juez imparcial, quien, con base en las pruebas y argumentos, decide si condena o absuelve.
Es muy difícil emitir una opinión imparcial respecto a cualquiera de los dos sistemas; por un lado se encuentran los afectados a los cuales jamás se les ha hecho justicia (con el sistema inquisitivo) y por otro lado aquellos que dudan de que el problema sea el sistema sino los encargados de impartir justicia en nuestro país. De acuerdo al artículo 20º, la implementación de los juicios acusatorios ayudará a que estos sean más limpios y justos, las partes tendrán prácticamente las mismas oportunidades, derechos y obligaciones, y se respetarán sus garantías individuales, también establece todas las características que debe cumplir el inculpado y su situación para que el juez pueda declararlo inocente o culpable. El contraste con el sistema acusatorio es claro en el documental “El túnel” en el que se muestra la forma en que el Ministerio Público trata a las personas y todo parece indicar que en realidad "eres culpable hasta que se declare lo contrario". El proceso para probar tu inocencia es largo, costoso e injusto; ninguna autoridad está dispuesta a ayudarte o a facilitarte la situación porque eres un "presunto culpable" y así debes ser tratado, si es que logras probar tu inocencia te levantan los cargos y te dejan en libertad únicamente con una sincera disculpa por los inconvenientes.

Anonymous

Gabi, Alex E Iraís

10 Oct 2012 - 12:27 pm

Con base en lo visto en el video El Túnel podemos concluir que el sistema jurídico penal en México es injusto porque no respeta completamente las garantías individuales de los acusados y porque el proceso se desvía de lo que está dispuesto por la ley. Ahora, si analizamos las diferencias, se puede concluir que son dos sistemas completamente diferentes, ya que el sistema acusatorio que se pretende implementar agilizaría el proceso en general, además de que pondría fin a las ambigüedades y a la corrupción que surgen durante el proceso inquisitorio. Mucho de lo que se muestra en el video sobre el sistema penal en Chile se relaciona ampliamente con lo mencionado en el ABC y muestra que desde sus inicios, el sistema se ha vuelto efectivo y transparente. Con respecto al artículo 20 constitucional se menciona que el MP tiene la obligación de desahogar las pruebas contra los acusados y en el video se puede observar que las evidencias carecen de peso o son inexistentes, ya que la mayoría de los acusados son inocentes. Además, los acusados tienen el derecho a tener acción penal directa con un juez y esto en la mayoría de las ocasiones no sucede, ya sea por la ausencia del mismo juez o debido a las condiciones dentro del mismo juzgado (como el ruido excesivo y la mala organización).

Anonymous

Ana Iris Márquez

09 Oct 2012 - 11:17 pm

Las diferencias entre el documental, el artículo 20 y la reforma son obvias y amplísimas. Basta con mencionar algunos ejemplos como el derecho a un abogado, que de hecho no es algo nuevo, y es algo que no pasa en el documental. Así mismo está la participación del juez durante el juicio, algo inexistente en el túnel para el 80% de los acusados, ser inocente hasta que se demuestre lo contrario, entre otras muchas cosas. A decir verdad en el documental no se muestra cómo funciona o funcionaba el sistema penitenciario inquisitivo, se muestra cómo no funciona para absolutamente nadie. Y creo que la poca funcionalidad va más allá de la corrupción tan tristemente común en la sociedad, la verdad no me parece que el sistema en sí, a pesar de nuestras prácticas, haya funcionado. Se trata de un sistema que alimenta, además de la corrupción, el cumplir por cumplir sin hacerlo realmente, y sin importar a quién se deba atropellar en el camino, todo va enfocado a cubrir la cuota del día y nada más. Considero que por más natural que sea para el hombre ser egoísta y ver sólo para su bien, debemos empezar a pensar y a ver más allá de ese posible beneficio inmediato, y darnos cuenta que sí en la sociedad se solapa la corrupción y el abuso "porque es lo normal", tarde o temprano y como sea será un individuo (digo, siguiendo la línea egoísta) el que salga afectado con las consecuencias. De otra manera, no veo cómo vamos a hacer un sistema, el que sea, funcional para todos

Anonymous

Axel Villegas, Hana Yoo

09 Oct 2012 - 10:52 pm

Existe tanta contradicción entre lo que dice el artículo 20 y el ABC de la Reforma penal con el documental de El túnel. El artículo 20 dice: El proceso penal será acusatorio y oral. Se regirá por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación. (Reformado en su integridad mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 18 de junio de 2008). En el documental, tanto las fracciones de la I a la X del inciso A del artículo 20 no aplican de ninguna manera. ¿Por qué? Porque al sistema sólo le interesa el número de consignaciones, ignorando si la persona es culpable o no, sin que realmente tenga un juicio ante el juez y pueda probar su inocencia mediante pruebas o tengan abogado para su defensa. La realidad debería ser otra: el proceso penal debe ser acusatorio y oral, es decir, los inculpados tendrán la oportunidad de tener una audiencia en presencia de un juez; el juicio será en audiencia pública por un juez o tribunal; el juicio se celebrará ante un juez que no haya conocido del caso previamente y se presentarán los argumentos y los elementos probatorios de manera pública, contradictoria y oral; se protegerán los derechos humanos de los inculpados, es decir, se deberá presumir la inocencia de la persona imputada mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el juez de la causa. Lamentablemente la realidad es otra y mientras no se acabe con la corrupción de raíz, difícilmente se aplicará de manera adecuada y eficaz.

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